¿QUE ES EL ASILO?

El derecho a solicitar asilo es un derecho humano, en virtud del cual las personas que temen ser perseguidas por su país de origen pueden ser protegidas por otro país o autoridad soberana.

Los términos “refugiado” y “solicitante de asilo” se utilizan para describir a las personas que están en movimiento, que han abandonado sus países y han cruzado fronteras.

Estos términos muchas veces se usan sin distinción, pero es importante distinguirlos ya que existe una diferencia legal. Un solicitante de asilo es una persona que ha abandonado su país y busca protección contra la persecución y graves violaciones de derechos humanos en otro país, pero cuyo reclamo aún no ha sido reconocido legalmente y está esperando recibir una decisión sobre su solicitud de protección. Solicitar asilo es un derecho humano. Esto significa que todo el mundo debería poder entrar en otro país para solicitar asilo, pero su aprobación depende de las adaptaciones del país a su definición.

Un refugiado es un solicitante de asilo que ha finalizado el proceso de su solicitud de protección y se le ha concedido oficialmente protección y estatus de asilo en el país de acogida. Los refugiados tienen derecho a la protección internacional.

El proceso de asilo define quién es un refugiado y establece los requisitos y derechos de las personas a las que se les otorga asilo, y las responsabilidades de las naciones que otorgan asilo.

¿Cómo sucede?

El artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 reconoce el derecho de las personas a buscar asilo en caso de persecución en otros países. La convención de refugiados de 1951 y el protocolo anexo de Nueva York de 1967 proporcionan la base legal y los estándares de procedimiento para solicitar y otorgar asilo. Aruba es parte de estos convenios. Cabe señalar que, aunque las adaptaciones regionales de los estándares de la convención original (refugiados) están disponibles en diferentes partes del mundo, las adaptaciones regionales no son aplicables en Aruba.

Los Estados parte de la convención tienen la obligación de proporcionar las normas legales y las normas de procedimiento para las solicitudes de asilo de conformidad con los principios de la convención. El derecho a juzgar y brindar protección a una persona que solicita asilo es responsabilidad del Estado parte correspondiente de la convención. En países donde la convención no es aplicable, una organización con sede en las Naciones Unidas puede proporcionar este proceso de adjudicación y protección.

No se debe cobrar ni pedir a una persona que pague por su solicitud de asilo. Solicitar asilo es gratis. Si se le solicita realizar un pago en cualquier momento durante el proceso, informe la situación al Departamento de Integración, Gestión y Admisión de Extranjeros (DIMAS en Papiamento) a través de su sitio web www.dimasaruba.aw (e-helpdesk / klachten

Registro:

Una persona que llegue a la frontera o cualquier puerto de entrada oficial (por ejemplo, el aeropuerto) en Aruba, puede solicitar asilo al funcionario de migración completando un formulario en el idioma deseado. Si una persona ya se encuentra en la isla, se puede solicitar asilo en el Departamento de Integración, Gestión y Admisión de Extranjeros (DIMAS) programando una cita en línea a través del sitio web www.dimasaruba.aw. También es posible solicitar asilo en trámite de deportación siempre que no haya sido posible o necesario solicitar asilo antes de que se hubiera emitido la orden de deportación. Esta solicitud se puede realizar en un centro de deportación.

Proceso:

La tramitación de una solicitud de asilo no se basa en un modelo fijo, sino que se realiza de acuerdo con el estándar de un debido proceso que incluye las garantías procesales para un proceso rápido y eficiente. Además, existe la posibilidad de que un solicitante pueda ser procesado de acuerdo con un tiempo de procesamiento fijo. Este proceso fijo se puede aplicar a solicitudes fronterizas basadas en el “modelo Schiphol”. Las aplicaciones fronterizas basadas en el “modelo Schiphol” tienen un tiempo de procesamiento fijo. Este tiempo abarca 28 días y durante este período se aplica un retraso en la entrada oficial a Aruba mientras se ejecuta una investigación inicial de la solicitud. En caso de que se aplique el “modelo Schiphol”, las autoridades pueden designar un lugar para que el solicitante de asilo permanezca mientras se procesa su solicitud. Después de estos 28 días, se toma una decisión sobre la solicitud o el solicitante de asilo será admitido en el país en espera de una nueva determinación de su solicitud de asilo.

Toma de decisiones:

Si al solicitante de asilo se le concede el estatuto de refugiado, se le concede protección en la isla. Si la solicitud es denegada, se le puede pedir al migrante que abandone el país. En el caso de que una persona a la que se le haya negado el asilo no haya abandonado el país dentro del plazo establecido, se podrá emitir una orden de deportación adicional.

¿Por que sucede?

Cualquier ciudadano extranjero o apátrida en un punto fronterizo o dentro del territorio de Aruba puede solicitar asilo, independientemente de su edad, sexo, género, nacionalidad, raza, religión, opinión política o cualquier otro factor distintivo.

La convención sobre refugiados describe una serie de motivos protegidos en función de los cuales se puede otorgar protección, principalmente raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular. Si temen regresar a su país de origen debido a un temor fundado de persecución basado en un aspecto protegido como se describe en la convención de refugiados, pueden calificar para el asilo.

El término migrante económico muchas veces se confunde con el término refugiado; sin embargo, los migrantes económicos abandonan sus regiones principalmente debido a las duras condiciones económicas, en lugar del miedo a la persecución basada en un terreno protegido como se describe en la convención de refugiados.

who is involved

DIMAS: El Departamento de Integración, Gestión y Admisión de Extranjeros (DIMAS en Papiamento) es el departamento gubernamental encargado de recibir las solicitudes oficiales de protección (asilo) en Aruba.

DIMAS también es el departamento responsable de revisar y tomar decisiones con respecto a la solicitud de asilo. Una solicitud de asilo se procesa exclusivamente a través de un formulario de registro oficial. DIMAS solo considera las solicitudes de asilo oficiales que han seguido las pautas de registro y que se presentan a través del formulario de registro nacional. DIMAS se encuentra en Paardenbaaistraat 11, Oranjestad, Aruba

Teléfono: +297522 1500

Sitio web: https://www.dimasaruba.aw, disponible en diferentes idiomas.